Directora: Mamen Casabán Daries
Directora: Mamen Casabán Daries
No hay eventos previstos para hoy
Martes, 22 de Mayo de 2012, actualizado hace 9 mins
Haz La Opinión de Torrent tu página de inicio
21.591 visitas y 91.041 usuarios únicos en abril de 2012
POLÍTICA
La sala de lo Social de Tribunal Supremo ha desestimado la demanda interpuesta por un funcionario del Ayuntamiento y la Federación de Servicios Públicos del sindicato de UGT contra el Ayuntamiento de Torrent. El Auto remitido por el gobierno municipal, reconoce que la decisión adoptada en su día por el Ayuntamiento de Torrent con relación al trabajador Pedro Amores, "no sólo resulta de todo punto ajustada a derecho, sino que está exenta de cualquier atisbo de acoso o persecución política".
El funcionario, Pedro Amores, trabajador del Ayuntamiento en calidad de personal laboral subalterno, asumió el cargo de "Coordinador de Fiestas" en la etapa del gobierno socialista de José Bresó con una retribución anual de 28.800 euros anuales. En el año 2008, el Ayuntamiento gobernado por el Partido Popular, le otorga un puesto de trabajo correspondiente a su calidad como personal laboral subalterno en las dependencias municipales del Edificio Metro.
A finales de 2009, el funcionario presentó una demanda al Ayuntamiento de Torrent por "Discriminación por motivos políticos" al ser afiliado al Partido Socialista en el Juzgado nº7 de Lo Social de Valencia. Un año después, el Juzgado dicta sentencia favorable al funcionario, por lo que el Ayuntamiento de Torrent debió indemnizar al trabajador con 10.008’74 euros. El consistorio apeló la sentencia en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, ganando dicho recurso.
Es entonces cuando el consistorio reclama a Pedro Amores la cantidad de la indemnización. Esta sentencia es recurrida por el funcionario ante al Tribunal Supremo que ha dictado Sentencia a favor del Ayuntamiento de Torrent, "esta sala acuerda desestimar la inadmisión del recurso de casación apra la unificación de doctrina". Tal y como indica la sentencia, remitida por el equipo de gobierno, "contra este auto no cabe recurso alguno", es decir, es una sentencia firme que el demandante, Pedro Amores no va a poder recurrir.
Según informa el equipo de gobierno popular, "desde la interposición de la primera demanda hasta 2010, Pedro Amores, liberado sindical de UGT, poseía una jornada laboral con 160 horas libres al mes, con una retribución correspondiente a su cargo de 20.600 euros al año, En la actualidad, el trabajador goza de 56 a 70 horas libres al mes en calidad de liberado sindical"
Registrarme | Ya estoy registrado »
Esperemos que ahora los sindicatos y los partidos de la oposición se retracten de todas las barbaridades que dijeron sobre la persecución política... O, tal vez, como hacen siempre, ahora no crean en la Justicia porque no les favorece. El Tribunal Supremo ha dicho que no existe tal persecución y que este señor tiene que devolver todo lo que se le pagó... Debe devolverlo de inmediato, ese dinero es de todos los torrentinos. Gracias.
Si se debe de devolver el dinero de los Torrentinos, QUE SE DEVUELVA EL DINERO DE LOS VALENCIANOS.
que torne els diners!!
el pitjor de tot es la mala imatge que dona com a funcionari i ara es passetja com a sindicalista, ja està be de alliberats sindicals, nosaltres no tenim el perque pagar que eixes persones es passetjen de bar en bar
QUE SE DEVUELVA EL DINERO DE LOS VALENCIANOS.
que uno de los pocos de los socialistos que hay currado 24 horas al día y siempre ha estado al pié del cañon de lunes a domingo devuelva queeeee?
y los millones y millones de nuestro dinero de los señores del pp tan dignos que nos hay arruinado no les juzga nadie?
QUE SE DEVUELVA EL DINERO DE LOS VALENCIANOS.
Los del PSOE y los del BLOC lo defendian a muerte. Que ha pasado ahora?. La justicia lo ha empapelado,le ha dado la razón al Ajuntament, o sea que esta izquierda maldita de Torrent, no sabe lo que hace, si defiende al Jack el destripador o dilapidan a San Justiniano.
Es una pena que haya tenido mala suerte y que como a nuestro ex-honorable President no haya visto su caso un Jurado POPULAR.¡¡Amos anda!!

CULTURA
CULTURA

FALLAS
POLÍTICA
TORRENT MEDIA S.L. CIF. B-97617856 – C/ Verge dels Desamparats, 5 46900 Torrent (Valencia)
Tfno. redacción (+34) 96 105 57 76 - Tfno. publicidad (+34) 627 604 169
Pero no este porque es SOCIALISTO sino todos PEPEROS Y DEMAS ESPECIMENES,todos. La especie politica tenia que como dicen trabajar para el pueblo con una minima paga, pues no hace falta que esten todo el dia en los estamentos publicos.